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ENLACES DIRECTOS A LOS ARTÍCULOS CITADOS LÍNEAS ARRIBA.
Coplas por la muerte de su padre Recuerde el alma dormida,
avive el seso y despierte
contemplando
cómo se pasa la vida,
cómo se viene la muerte
tan callando,
cuán presto se va el placer,
cómo, después de acordado,
da dolor;
cómo, a nuestro parecer,
cualquiera tiempo pasado
fue mejor.
...
Nuestras vidas son los ríos
que van a dar en la mar,
que es el morir;
allí van los señoríos
derechos a se acabar
y consumir;
allí los ríos caudales,
allí los otros medianos
y más chicos,
y llegados, son iguales
los que viven por sus manos
y los ricos.
...
Este mundo es el camino
para el otro, que es morada
sin pesar;
mas cumple tener buen tino
para andar esta jornada
sin errar.
Partimos cuando nacemos,
andamos mientras vivimos,
y llegamos
al tiempo que fenecemos;
así que cuando morimos
descansamos.
...
Los placeres y dulzores
de esta vida trabajada
que tenemos,
no son sino corredores,
y la muerte, la celada
en que caemos.
No mirando nuestro daño,
corremos a rienda suelta
sin parar;
desque vemos el engaño
y queremos dar la vuelta,
no hay lugar.
...
Esos reyes poderosos
que vemos por escrituras
ya pasadas,
por casos tristes, llorosos,
fueron sus buenas venturas
trastornadas;
así que no hay cosa fuerte,
que a papas y emperadores
y prelados,
así los trata la muerte
como a los pobres pastores
de ganados.
...
Aquél de buenos abrigo,
amado por virtuoso
de la gente,
el maestre don Rodrigo
Manrique, tanto famoso
y tan valiente;
sus hechos grandes y claros
no cumple que los alabe,
pues los vieron,
ni los quiero hacer caros
pues que el mundo todo sabe
cuáles fueron.
...
Después de puesta la vida
tantas veces por su ley
al tablero;
después de tan bien servida
la corona de su rey
verdadero:
después de tanta hazaña
a que no puede bastar
cuenta cierta,
en la su villa de Ocaña
vino la muerte a llamar
a su puerta,
diciendo: «Buen caballero,
dejad el mundo engañoso
y su halago;
vuestro corazón de acero,
muestre su esfuerzo famoso
en este trago;
y pues de vida y salud
hicisteis tan poca cuenta
por la fama,
esfuércese la virtud
para sufrir esta afrenta
que os llama.
...
Así, con tal entender,
todos sentidos humanos
conservados,
cercado de su mujer
y de sus hijos y hermanos
y criados,
dio el alma a quien se la dio
(en cual la dio en el cielo
en su gloria),
que aunque la vida perdió
dejónos harto consuelo
su memoria.
Jorge Manrique
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Aristoteles lo dijo… Como dise Aristóteles, cosa es verdadera,
el mundo por dos cosas trabaja: la primera,
por aver mantenençia; la otra era
por aver juntamiento con fembra plasentera.
Si lo dixiese de mío, sería de culpar;
díselo grand filósofo, non só yo de rebtar;
de lo que dise el sabio non debemos dubdar,
que por obra se prueba el sabio e su fablar.
Que dis' verdat el sabio claramente se prueba
omes, aves, animalias, toda bestia de cueva
quieren, segund natura, compaña siempre nueva;
et quanto más el omen que a toda cosa se mueva.
Digo muy más del omen, que de toda criatura:
todos a tiempo çierto se juntan con natura,
el omen de mal seso todo tiempo sin mesura
cada que puede quiere faser esta locura.
El fuego siempre quiere estar en la senisa,
como quier' que más arde, quanto más se atisa,
el omen quando peca, bien ve que deslisa,
mas non se parte ende, ca natura lo entisa.
Et yo como soy omen como otro pecador,
ove de las mugeres a veses grand amor;
probar omen las cosas non es por ende peor,
e saber bien, e mal, e usar lo mejor.
Arcipreste de Hita
Perro enterrado en la arena.-Goya-
BIEN PUEDE SER… Que pida a un galán Minguilla
Cinco puntos de jervilla,
Bien puede ser;
Mas que calzando diez Menga,
Quiera que justo le venga,
No puede ser.
Que se case un don Pelote
Con una dama sin dote,
Bien puede ser;
Mas que no dé algunos días
Por un pan las damerías,
No puede ser...
Que la viuda en el sermón
Dé mil suspiros sin son,
Bien puede ser;
Mas que no los dé, a mi cuenta,
Porque sepan dó se sienta,
No puede ser.
Que esté la bella casada
Bien vestida y mal celada,
Bien puede ser;
Mas que el bueno del marido
No sepa quién dio el vestido,
No puede ser...
...Que sea el otro Letrado
Por Salamanca aprobado,
Bien puede ser;
Mas que traiga buenos guantes
Sin que acudan pleiteantes,
No puede ser.
Que sea médico más grave
quien más aforismos sabe,
Bien puede ser;
mas que no sea más experto
el que más hubiere muerto,
No puede ser...
Luis de Góngora y Argote, 1581
Bolero para J. Gil de Biedma A ti te ocurre algo,
yo entiendo de estas cosas,
hablas a cada rato
de gente ya olvidada,
de calles lejanísimas
con farolas a gas,
de amaneceres húmedos
de huelgas de tranvías.
A ti te ocurre algo,
yo entiendo de estas cosas,
cantas horriblemente,
no dejas de beber
y al poco estás peleando
por cualquier tontería,
yo que tú ya arrancaba
a que me viera el médico
pues si no un día de éstos
en un lugar absurdo
en un parque, en un bar
o entre las frías sábanas
de una cama que odies
te pondrás a pensar,
a pensar, a pensar
y eso no es bueno nunca...
...porque sin darte cuenta
te irás sintiendo solo
igual que un perro viejo
sin dueño y sin cadena,
te pondrás a pensar,
a pensar, a pensar
y eso no es bueno nunca.
A ti te ocurre algo,
yo entiendo de estas cosas.
José Agustín Goytisolo
BREVE RESUMEN DE LOS DERECHOS DE LOS MAYORES. “…Las armas defensivas de la vejez,
son las artes y la puesta en práctica de las
virtudes cultivadas a lo largo de la vida. Cuando
has vivido mucho tiempo, producen frutos
maravillosos…”
“De Senectute”
Marco Tulio Cicerón (106ac-43ac).
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Iº.- INTRODUCCIÓN.
Sin ninguna duda, la atención continuada e inmediata de las personas que, por razón de edad, encuentran ciertos problemas para realizar algunas de las labores básicas de su actividad diaria, es uno de los principios que deben guiar, no sólo al Legislador o al Gobernante, sino a toda la Sociedad Española. En otras palabras, en una sociedad coherente y solidaria todos, todos, debemos contribuir al buen autogobierno de aquellos que, por ser nuestros predecesores, nos han indicado el correcto comportamiento y nos han dado, no ya la vida, sino también casi todo lo que conocemos. Sin embargo este “contribuir al buen autogobierno”, no deberá significar nunca desconocer, desmerecer, menoscabar o suplantar ninguno de los Derechos de la Persona Mayor. Del contenido, precisamente, de estos Derechos de los Mayores vamos a tratar en estas líneas.
IIº.- CONTENIDO DE LOS “DERECHOS DE LOS MAYORES”
Los Derechos de los Mayores encierran los siguientes derechos personales, intransferibles, interdependientes, e interrelacionados:
a) El derecho a una convivencia adecuada, que incluya elementos básicos como son; la alimentación, la vivienda y la vestimenta.
b) El derecho a recibir toda la asistencia que pueda necesitar.
c) La no discriminación por razón de edad.
d) El derecho a la salud.
e) El derecho a un trato digno.
f) La protección ante cualquier rechazo o cualquier tipo de injerencia o arbitrariedad, en su ámbito social.
g) El derecho a una activa participación en los aspectos económicos, políticos y culturales de la sociedad en la que convive.
h) El derecho a intervenir en las decisiones relativas a su patrimonio o bienestar.
Tal vez, desde nuestro modesto entender, la clasificación transcrita merecería cierto reproche al poner el “Derecho a un trato digno” en un quinto puesto. Según nuestro criterio, la Dignidad , entendida, muy genéricamente, como la cualidad de las personas por la que son sensibles a las ofensas, desprecios, humillaciones o faltas es uno de los valores esenciales que, tan silenciosa como habitualmente, se están devaluando con respecto a los Mayores. Y es que, nunca lo olvidemos, quien tiene un andar pausado, no recuerda bien las cosas o necesita la ayuda de otro para vestirse es, siempre, tan digno como el más sabio o el más saludable de sus conciudadanos.
Para las Organización de las Naciones Unidas (ONU), los Mayores, tienen los siguientes Derechos, distribuidos en cinco grupos:
1º.- independencia,
2º.- participación,
3º.- atención,
4º.- realización personal y, especialmente,
5º.- la integridad de su dignidad personal.
Además, desde hace ya años, la ONU eligió el lema: Hacia una Sociedad para Todas las Edades, y proclamó que; “…una sociedad para todas las edades es una sociedad que, lejos de hacer una caricatura de los ancianos presentándolos enfermos y jubilados, los considera más bien agentes y beneficiarios del desarrollo…”.
La Santa Sede , en plena coincidencia con nuestro criterio, insiste en “…el respeto a la dignidad y a los derechos fundamentales de la persona anciana y, con la convicción de que los ancianos tienen aún mucho que dar a la vida social, desea que se afronte la cuestión con un gran sentido de responsabilidad por parte de todos: individuos, familias, asociaciones, gobiernos y organismos internacionales, según las competencias y deberes de cada cual…”.
Dejemos, para más adelante, el tema de la Dignidad y pasemos a estudiar con detenimiento los Derechos de los Mayores, según la configuración que, de ellos hace, la Organización de las Naciones Unidas (ONU).
IIIº.- LOS CONCRETOS DERECHOS DE LOS MAYORES.
Recordemos lo ya dicho; para las Naciones Unidas los Mayores, tienen cinco grupos de Derechos:
a) - independencia,
b) - participación,
c) - atención y cuidados,
d) - realización personal y
e) - la integridad de su dignidad, de forma especial.
Como criterio general y válidos para los siguientes cinco epígrafes recordemos que, casi sin exclusión alguna , toda persona es igualmente responsable de sus decisiones, comportamientos y acciones. Hoy en día, ya todos los científicos, profesionales médicos y psicólogos saben que es muy falsa la creencia de que la inteligencia alcanza su nivel máximo en la adolescencia, deteriorándose a partir de entonces o que, por ejemplo, la actividad sexual, en la mitad de la vida, inicia un descenso; está comprobado que ésta se mantiene incluso durante los últimos años. El hecho, por ejemplo, de vivir en una Residencia para la Tercera Edad no implica ninguna restricción de la personalidad, ni de sus derechos ni de sus deberes y mucho menos, claro está, el hecho de superar cierta edad o pasar a la jubilación laboral. Recordemos que, más que limitaciones, el artículo 50 de la Constitución Española, establece derechos de “los ciudadanos durante la tercera edad” cuando dice que; “…los poderes públicos garantizarán, mediante pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas, la suficiencia económica a los ciudadanos durante la tercera edad. Asimismo, y con independencia de las obligaciones familiares, promoverán su bienestar mediante un sistema de servicios sociales que atenderán sus problemas específicos de salud, vivienda, cultura y ocio…”.
IIIº.- Iº.- EL DERECHO A LA INDEPENDENCIA.
El concepto de la “independencia”, aplicado a las personas, se refiere a la posibilidad de configurar y mantener las opciones personales individuales libérrimamente elegidas o, bien, a la capacidad de establecer sus propias opiniones y no ser coaccionado por las de otros. No hay que confundir nunca está independencia con la necesidad de auxilio para concretas actividades relativas a su vida cotidiana, como puede ser la necesidad de ayuda o control en relación a las dolencias o deterioros que, el paso de los años, nos haya podido provocar. En términos generales, no podemos coincidir con el tan difundido concepto de “personas dependientes”; pues conlleva a la confusión de qué puedan carecer de independencia y ello no es así. Necesitan auxilio para ciertas actividades pero son, tan plenamente independientes, como aquel que se le presta el auxilio, por ejemplo. En cierto sentido hay que reconocer que las personas mayores pueden ver acotada su independencia por dos cuestiones circunstanciales y propias de los días que nos toca vivir:
a) el culto a la juventud existente en nuestro tiempo y
b) la tendencia, de la sociedad occidental, a rechazar la muerte.
En efecto, a las personas mayores se les suelen considerar como débiles y con alguna inferioridad con respecto a las generaciones más jóvenes para tomar sus decisiones, pero lo cierto es que, por el contrario, acostumbran a mantener un alto nivel de moralidad, una adecuada satisfacción vital y una elevada autoestima. Precisamente por eso, la sociedad actual tiene la obligación de garantizar a las personas mayores que no sólo tengan cubiertas sus necesidades básicas sino que, también, accedan a todos los recursos suficientes para seguir viviendo de forma independiente dentro de su comunidad.
IIIº.- IIº.- EL DERECHO A LA PARTICIPACIÓN.
Por lo que se refiere a la “participación” entendemos que, para nada, la edad habrá de ser factor influyente en nadie con respecto a su participación en la vida social de su comunidad o su ámbito social o familiar. No pasemos por alto que participar es colaborar, contribuir, cooperar, asociarse, caber, coadyuvar, compartir… Y, por ello, participar es uno de los pilares en los que se sostiene la propia vida de una persona. Resulta muy cierto que vivir aislado, ajeno a la sociedad, en el fondo, es vivir poco y mal. Por eso, este derecho, sin duda alguna, no debe de dejarse de lado, como, de modo lamentable, hoy en día se viene haciendo de forma tan incongruente como censurable. En conclusión, nadie puede limitar a otro para que participe en las actividades o en las decisiones sociales y, mucho menos, en base a criterios de edad.
IIIº.- IIIº.- EL DERECHO A LA ATENCIÓN Y CUIDADOS.
Recordemos lo transcrito referente al artículo 50 de la Constitución Española, pues, en su consecuencia, podemos deducir que, en España, el Derecho a la Atención a la Persona Mayor, se configuran con los siguientes componentes;
a) el derecho a pensiones económicas adecuadas,
b) el derecho a la disposición de bienes materiales necesarios.
c) La existencia, no concretada, de ciertas obligaciones familiares y
d) el derecho a que se activen cuantas medidas sean necesarias para su bienestar mediante un sistema de servicios sociales que atenderán sus problemas específicos de salud, vivienda, cultura y ocio.
Como hemos visto, dentro del apartado c) de este epígrafe, “Derecho a la Atención y Cuidados”, aunque no articulado de forma legal, viene integrado el Derecho a la protección familiar, que no es nunca algo que se deba reclamar, sino que tiene la persona mayor para y ante su familia, del cual no debería ser nunca despojado, ilegítimamente.
IIIº.- IVº.- EL DERECHO A LA REALIZACIÓN PERSONAL.
La “realización personal” se concreta en un conjunto disperso de derechos, expectativas o posibilidades que no se pierden ni se perturban con el paso de los años. Suponer que, solamente, quien sea adolescente va a tener abiertas las posibilidades y las expectativas de su realización personal y social, es un craso error. Más bien al contrario, lo cierto es que todos, absolutamente todos, desde que tenemos uso de razón hasta que expiramos, somos absolutamente capaces y libres para desarrollar nuestra personalidad y modificar nuestras actitudes, creencias u opiniones. Resulta inaceptable pensar que, con el paso de los años, se pierden las posibilidades o la aptitud para la autorrealización y el desarrollo de los particulares deseos, voluntades o expectativas.
IIIº.- Vº.- EL DERECHO A UNA DIGNIDAD ÍNTEGRA.
La Dignidad la han definido, desde Platón a Kant, como el valor intrínseco y supremo que tiene cada ser humano, con independencia de su situación personal , social, cultural y económica, así como de sus creencias, concepciones o ideologías. Todo ser humano posee dignidad por sí mismo y ésta nunca viene dada por nada ni por nadie sino que se adquiere desde el mismo instante del nacimiento y es intransferible. Su base está en el reconocimiento de que cualquier persona siempre será acreedora de un respeto. Como todos tenemos igual Dignidad, resulta que todos mereceremos el mismo respeto sin importar ni quien seamos, ni cómo seamos, ni nuestras circunstancias. Es más, cuando reconocemos y admitimos las diferencias de cada persona, haciendo que ésta sea digna y libre, es cuando, también, se reafirma nuestra propia dignidad.
Junto a la Dignidad, se sitúa el honor, como un aspecto parcial de la misma, que se traduce en que, careciendo de todos los datos de otro semejante, necesariamente se le tenga que considerar de modo positivo. El honor, en realidad, no es más que el desarrollo de la dignidad mediante la ejecución de las conductas. En ese sentido, el honor es una herencia de la infancia, cuando carecemos de datos y el mundo carece de nuestros datos, y que, con el paso del tiempo y la gestión de las conductas personales, se modificará en sus cualidades o valoración.
IVº.- CONCLUSIONES.
En estas breves líneas hemos querido dejar claro algo que todos deberíamos conocer sobradamente; que las personas mayores mantienen íntegros sus derechos y que, aunque no pudieran valerse, por sí mismos, para determinadas actuaciones, eso nunca implicará un menoscabo o una limitación de dichos derechos por parte, por ejemplo, de quien le preste ayuda. Es más, en el Código Penal -artículo 172- se castiga al “…que, sin estar legítimamente autorizado, impidiere a otro con violencia hacer lo que la ley no prohíbe, o le compeliere a efectuar lo que no quiere, sea justo o injusto… …cuando la coacción ejercida tuviera como objeto impedir el ejercicio de un derecho fundamental se le impondrán las penas en su mitad superior…”.
Por supuesto que está muy lejos de nuestra intención buscar soluciones en el Código Penal, pero sí que queremos dejar, desde el punto de vista jurídico, que, para nada , un tercero pueda menoscabar o apoderarse de los Derechos de los Mayores, referidos anteriormente, pese a que, con el paso de los años, todos suframos algún tipo de limitación en nuestras capacidades físicas o intelectuales. Si alguien, tenga la edad que tenga, necesita el auxilio de sus conciudadanos ello nunca habrá de significar una limitación, desistimiento o delegación de algunos sus Derechos ya descritos, que mantiene íntegros hasta el final de sus días .
RAMÓN MACIÁ GÓMEZ
sanedrin@ramonmacia.com
MI MADRE NO VIVE… Mi madre se muere porque está sola,
abandonada como un trasto viejo
en un desván húmedo al que todos llamamos
Residencia de la Tercera Edad.
Mi madre quiere ir a la playa y tocar la arena,
quiere que nadie le diga lo que tiene que hacer
y quiere comerse una paella de marisco…
Muere del cotidiano hachazo
que reciben sus silentes oídos,
muere por culpa de la visita,
siempre apresurada y rutinaria, de sus hijos o
de la asfixia que le producen esas frases
de tres palabras a la que vive condenada por nosotros,
carente de opinión,
huérfana de diálogo y
acusada de enfermedad.
¿Enfermedad? ¿Qué enfermedad?
no hay otra que no sea la que
nosotros le administramos en forma de cuidado
al estilo de un regalo y con hálito de desprecio.
¿Enfermedad? Enfermos nosotros,
incapaces de cuidar de nuestra madre, sin ayuda.
Enfermedad la de mis prisas y la de mi miedo
a saber que mis hijos me esperan
a la vuelta de tres décadas…
Ramón Maciá Gómez
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